El principio de ‘no intervención’
“Ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho a intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro…”. Así lo preceptúa el Art. 19 de la Carta de la OEA. Es una norma fundamental del derecho internacional público: el principio de no intervención.
